El torbellino del sector petrolero: los decretos y las reformas a la Ley de Hidrocarburos


 Desde el gobierno de Moreno, se han expedido Decretos Ejecutivos que han pretendido normar la política de los hidrocarburos. Se debe recordar el   Decreto para la delegación a privados de la gestión conjunta de la Refinería Estatal de Esmeraldas (Decreto 1094, de julio/20), los Decretos 1054, 1158 y 1183, que liberan los precios de los combustibles, permiten la importación de los derivados del petróleo y fijan bandas de precios de los combustibles.

 

El gobierno del presidente Lasso, en junio de 2021, emitió el Decreto 95, que establece la Política de Hidrocarburos de 100 días, en la que se plantea Reformular el modelo de contrato para la exploración y explotación de hidrocarburos que reduce la participación del Estado en beneficio de las empresas transnacionales y, de esta manera,  someternos al arbitraje internacional (CIADI) en caso de controversias; se dispone Identificar los campos petroleros, las refinerías, el sistema de transporte, la comercialización internacional del crudo y sus derivados, que se van a entregar a la iniciativa privada para incrementar la producción hidrocarburífera, sin mediar ningún sustento técnico, y se decide Iniciar, de manera prioritaria e inmediata, la venta de todas las estaciones de servicios de Petroecuador, además de la creación de un fondo de sostenibilidad petrolera supuestamente para erradicar la desnutrición infantil, y que muy probablemente servirán para beneficiar a los bancos con el pago de papeles de la deuda externa, lo cual además es también es inconstitucional, puesto que generan pre- asignaciones que están prohibidas por el mandato constitucional.

El gobierno neoliberal de Moreno, ya venía advirtiendo que era indispensable reformas a la Ley de Hidrocarburos, las mismas que permitan, desde la legalidad, capturar la renta petrolera, dejando de lado la tesis de “privatización de activos”. Es decir, que las refinerías, los oleoductos, la infraestructura de producción siempre quedaría en manos del Estado, como claramente lo dice el presidente en la respuesta a las demandas de la CONAIE, “El 17 de junio, el gobierno anunció que no realizaría ni promovería procesos de privatización de activos del Estado en sectores estratégicos, ni en servicios públicos” (…) “Se buscarán los mejores mecanismos para lograr la mayor eficiencia en los procesos de delegación de competencias que requieran la inversión privada”.

Reitero, lo que pretende el gobierno es la captura de rentas, utilizando medios lícitos, se arrebata la riqueza que pertenece al pueblo y se la transfiere a los privados, para esto era indispensable las reformas a la Ley de Hidrocarburos, expedidas el 29 de noviembre del 2022, en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que, en resumen, le permiten al gobierno nacional lo siguiente:

 

·         El Estado podrá delegar la exploración explotación de hidrocarburos, a empresas privadas;

·         Se podrán celebrar Contratos de Participación en bloques en producción, gestionados por la estatal petrolera;

·         Se crea un fondo de inversión

·         La refinación de petróleo puede ser industrializada fuera del país;

·         Los actuales contratos de servicios, pueden ser cambiados a Contratos de Participación;

·         Se permite la libre importación de combustibles.

Desde la opinión de los empresarios, se ha señalado que las reformas dotan del entorno legal adecuado para que prospere la inversión y aclaran que no se permite la privatización, sino la modernización. Ante estas afirmaciones de los empresarios, analistas petroleros y gobierno, se debe aclarar: La riqueza de los hidrocarburos, no está en los fierros (instalaciones de producción, refinerías, infraestructura de transporte y almacenamiento, etc.); la riqueza se encuentra en la producción petrolera. La disputa siempre ha sido la renta petrolera.

  

Se puede concluir que, es indispensable, más allá de derogar el Decreto Ejecutivo No. 95, que definió la política petrolera del gobierno de Lasso, y que se trata de un conjunto de disposiciones administrativas sin la fuerza de una Ley y que, para evitar la entrega de la riqueza petrolera a grupos económicos vinculados a las trasnacionales y capitales financieros internacionales, es indispensable, las siguientes acciones:

 

1.      La derogatoria de los arts. 131 al 149 de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, promulgada el 29 de nov/21, que se refieren a las reformas a la Ley de Hidrocarburos.

 

2.      La denuncia y terminación del Convenio sobre el Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por su evidente inconstitucionalidad y por ser enormemente perjudicial para el país.

 

3.      La suspensión de todo tipo de transferencia de Contratos de Prestación de Servicios para la Exploración y/o Explotación de Petróleo, a Contratos de Participación.

 

4.      La no privatización de los sectores estratégicos, que, utilizando figuras como “Administración delegada”, “Delegación a la Iniciativa Privada” y otros artificios similares, que son formas encubiertas de privatización, y que, efectivamente, no transfieren activos, pero se aprovecha, en beneficio de privados, la renta que produce su explotación, para que, al finalizar la concesión o delegación, se quede el país con pasivos laborales, ambientales y de infraestructura.

 

Coordinación

Frente de Defensa Petrolero Ecuatoriano

28 de junio de 2022

 

 

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